Así los quiero: Pobres y Esperanzados

* NOTA: Las opiniones expresadas en esta publicación no necesariamente reflejan el pensamiento de www.agriculturayganaderia.com y son responsabilidad exclusiva de quien las emite y/o de su actor.

Por: Miguel Ángel Lacouture Arévalo* / Autor Invitado

Agricultura & Ganadería

(MALA – Viernes 18 de octubre de 2024).- Recuerdo la primera reflexión que  escribí, en ella expuse dos ideas básicas:

  1. El problema de la empresa agropecuaria no es la tenencia de la tierra, está en hacerla productiva.
  2. De Campesinos a Empresarios del Campo.

Desde hace más de 8 años, he visto cómo hemos transitado desde Santos, Duque y Petro. Este último ha utilizado el vocablo que define al “Campesino”, de forma errática e inconducente, no existe hoy definición legal, sin embargo, se produjeron los Actos Legislativos 1 y 3 del 2023, que reconocen al campesino como sujeto de especial protección por el Estado y crea la Jurisdicción Agraria, ambos soportados en la “Asimetría” preferente, la cual pone en abierta desventaja a los demás sujetos rurales.

Hoy, el revisar aquellas reflexiones en lo atinente a la tenencia de la tierra como bandera de solución a la problemática rural, está vigente. La historia, enseña que el gran fracaso de las intentonas de Reforma Agraria en Colombia, han fracasado en razón que, la tierra debe entregarse a quien la va a hacer productiva con los elementos básicos de integralidad o infraestructura productiva básica.

Agropecuario se escribe con “A” de agua. Sin agua (Riegos y Drenajes), cualquier emprendimiento productivo está llamado al fracaso, más en esta franja ecuatorial, dado el Cambio Climático (En el que poco y, ninguna participación tenemos como Nación), han desaparecido en la práctica, los periodos estacionales de invierno y verano, para ser reemplazados por larguísimos Fenómenos del Niño y Niña.

Igualmente podemos pregonar de la falta de vías de acceso a unidades productivas rurales, para llevar los insumos necesarios que garanticen productividad de la tierra y, la colocación de frutos en mercados en calidades, condiciones y tiempos.

Es obligatorio generar espacios de acceso al crédito por todos quienes emprendan el noble propósito de la producción agropecuaria, garantía de la Seguridad Alimentaria de la Nación, así como la retoma de programas que, inexplicablemente el Gobierno del Cambio engavetó, Agricultura por Contrato, iniciativa del gobierno Duque, que enlazo más de 350.000., Empresarios del Campo con grandes superficies y, compradores que demandaban de manera anticipada los frutos a ser producidos. Generándose sinergias dinámicas de acceso y garantía del crédito de manera anticipada.

Sin estos básicos de infraestructura ayer, hoy y mañana cualquier buena intención de Reforma Agraria fracasará, con ello la población rural que emprende en el campo, jamás logrará salir de la pobreza. seguirán siendo campesinos de hacha y machete, esperanzados que aparezca el Estado, único que podría generar la construcción de la infraestructura productiva básica. De esto poco y nada se ve en ejecución, todo gira en repartir tierras instrumentada con fines de populismo político.

De Campesino a Empresario del Campo, es un tema que se debe abordar una vez se garantice los básicos que se anotan, de no ser así; enfatizo, cualquier iniciativa estará necesariamente llamada al fracaso.

La tierra, si bien es elemento de la empresa productiva, aunque básica, de nada sirve a quien se le entrega sin integralidad, por las razones expuestas. Es más, en el corto plazo se convierte en una carga insostenible al Empresario del Campo “favorecido”, con la entrega en propiedad o tenencia, le genera cargas y obligaciones fiscales desde Impuesto Predial, Renta y Complementarios, que, ante la improductividad de la tierra, estará llamado a deshacerse de ella, como siempre ha sucedido. La tierra pelada es la condena al “campesino” a seguir alimentándose de gallo blanco: Arroz, yuca, ñame y suero salado.

Hoy más que nunca recuerdo a Gustavo Petro, pregonando públicamente que la sociedad debe permanecer pobre, ya que al dejar de ser pobres dejan de seguirle y, con ello pierde el favor del voto. Por eso, Petro nos quiere así, Pobres y Esperanzados en que el Estado nos aporte la infraestructura para lograr ser productivos en el campo. 

El problema de la tierra no es su tenencia, es hacerla productiva.

* Miguel Ángel Lacouture Arévalo, Práctico en Desarrollo Rural y Agropecuario. @lacoutu

Jurisdicción agraria: “El que mucho abarca…

* NOTA: Las opiniones expresadas en esta publicación no necesariamente reflejan el pensamiento de www.agriculturayganaderia.com y son responsabilidad exclusiva de quien las emite y/o de su actor.

Por: José Félix Lafaurie Rivera * / Autor Invitado

Agricultura & Ganadería

(JFLR – Viernes 11 de octubre de 2024).- …, poco aprieta” reza el dicho popular. El que pretende hacer de todo, al final poco o nada logrará, como le sucede al Proyecto de Ley ordinaria de la Jurisdicción Agraria, que completó su segunda audiencia pública y entra a debate en Comisión 1ª del Senado.

Debo reconocer que, además de la audiencia, donde los gremios unimos voces frente a las inconveniencias del proyecto, y de una reunión que tendremos con los ponentes, el Ministerio de Agricultura abrió espacios de diálogo con receptividad y ánimo de concertación. En ese contexto tuvimos una mesa de trabajo con sus asesores jurídicos en la que objetamos varios aspectos del proyecto.

Aunque disperso en todo el texto, hay un primer bloque sobre “especial protección de la parte más débil”, que inspira todo el proyecto, desde el artículo 5º, que la consagra como principio sustancial del Derecho Agrario.

Esa “causa buena” y difícil de controvertir se refuerza en otros principios, como el “bienestar y buen vivir” de comunidades campesinas, la justicia de género o el enfoque étnico, que se materializan en condiciones insólitas en un proceso, como la “presunción de veracidad” y la “flexibilidad probatoria” para sujetos de especial protección. 

¿Por qué mezclar pobreza con veracidad?, ¿porque ser flexible con unos e inflexible con otros? Es necesaria la protección del más débil, pero limitada al acceso, la representación y el apoyo en trámites; pero una vez dentro del proceso, sencillamente, todos somos iguales ante la ley.

Insistimos en que el incumplimiento de la función ecológica de la tierra, como causal de extinción de dominio por una instancia administrativa, amenaza la propiedad privada en un país de autoridades ambientales dispersas y “autónomas”, y de impracticable legislación ambiental en extensos territorios tomados por la ilegalidad.

Sin embargo, hay dos factores más amenazantes: el primero es la eliminación de la fase judicial en los asuntos agrarios del Procedimiento Único establecido en el Decreto Ley 902 de 2017, expedido en cumplimiento del acuerdo Final, por lo que su Artículo 1º establece que los procedimientos y fases allí regulados otorgarán todas las garantías constitucionales a los propietarios de tierras y “serán nulas las actuaciones que desconozcan o reduzcan dichas garantías…”.

El Ministerio defiende que se busca agilizar la adquisición de tierras para reforma agraria, fortaleciendo la fase administrativa y eliminando la judicial, conservando el recurso de nulidad. Nosotros ripostamos que el problema no es la fase judicial, sino la incapacidad técnica y operativa de la Agencia Nacional de Tierras. El problema es dejar al propietario a merced de una decisión administrativa y sin un recurso que, paradójicamente, para extinción de dominio, seguirá protegiendo tierras dedicadas a cultivos ilícitos. Finalmente: si las decisiones de cierre en temas de tierras son de la ANT, entonces…, ¿para qué la jurisdicción agraria?

El segundo factor es el desbordamiento de competencias de la jurisdicción, creada en el Acuerdo Final para temas de tierras, pero a la que se le endilgan competencias sobre todas las actividades agropecuarias y sus actividades conexas, incluidos temas de contratación.

En la posición del Ministerio percibo un conflicto de buena fe. Que lo rural va más allá de la tierra, es cierto -ojalá así lo entendieran el Gobierno y el país-, pero el Derecho en lo rural no es solamente agrario, sino comercial, civil, societario, etc. 

Que se pretenda tener jueces agrarios “especializados en todo lo rural” no solo es otro incumplimiento de la letra y el espíritu del Acuerdo Final, sino una contradicción que replicará el absurdo de la congestión judicial y dejará al Gobierno “sin el pan y sin el queso”, porque, sencillamente…, “el que mucho abarca… poco aprieta”.

* José Félix Lafaurie Rivera, presidente de la Federación Colombiana de Ganaderos (Fedegán). @jflafaurie

¿Departamento Sur Colombiano o Departamento Eleno?

* NOTA: Las opiniones expresadas en esta publicación no necesariamente reflejan el pensamiento de www.agriculturayganaderia.com y son responsabilidad exclusiva de quien las emite y/o de su actor.

Por: Miguel Ángel Lacouture Arévalo* / Autor Invitado

Agricultura & Ganadería

(MALA – Domingo 6 de octubre de 2024).- Desde la creación del Ejercito de Liberación Nacional (E.L.N), en 1964, los sacerdotes Camilo Torres y Manuel Pérez, exponentes de la Teología de la Liberación, nacidos en la Iglesia católica en Latinoamérica buscaron como fin el control territorial. Su zona de operaciones inicialmente estuvo en el Valle del Magdalena Medio, entre los departamentos de Santander, Norte de Santander, Bolívar y Cesar.

Para ser reconocido como insurgente es necesario que el grupo insurgente ejerza dominio territorial, político-militar y reconocimiento por un Estado, incluido al cual se opone. El ELN, goza de tal reconocimiento al estar en un proceso de paz desde el paraguas de la Paz Total de Petro. Este grupo siempre ha tenido como meta el control territorial.

La República de Colombia está constituida como Republica Unitaria con administración descentralizada (Art 1º C.N). Hoy la división territorial esta desagregada en 32 departamentos, el último creado, Caquetá en 1981, hoy tenemos 43 años de estabilidad territorial.

En el Congreso hace transito el proyecto de ley que busca la creación del nuevo Departamento Sur Caribe, Magdalena Medio o El Banco. Ente territorial que recogería 28 municipios del Cesar, Norte de Santander, Magdalena y Bolívar, con 644.596 habitantes y 21.885 Kmts/2 de ocupación. Del Cesar se escindirían desde Pailitas a San Alberto, extendiendo el Catatumbo desde Serranía de Perijá hasta las planicies del Valle del Magdalena Medio, sur de Bolívar y Magdalena.

El nuevo departamento seria atravesado de norte a sur por las principales vías de comunicación terrestres, férreas, fluviales y aéreas, que conectan desde el sur del país hasta puertos del Caribe. La gran ventaja de Colombia es su ubicación geoestratégica en Sur América y, contar con acceso a dos océanos permitiendo estar en ambos polos de desarrollo del planeta. Cualquier levantamiento social que se presente en este nuevo departamento dejaría completamente aislada la patria, especialmente el Caribe, para tránsito de pasajeros y cargas de importaciones o exportaciones sean internas o internacionales, más aún, si cuentan con gobiernos afines a sus intereses como el Gobierno del Cambio del Petro. Solo imaginemos un paro de camioneros, el que acabamos de pasar, con control total fluvial del Rio Magdalena, líneas férreas, carreteras y autorización de cierre del espacio aéreo.

Revisemos ahora el control territorial que lograría el E.L.N., en toda el área que conecta el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, desde donde operan con absoluta libertad y apoyo del régimen de Padrino, Diosdado y Maduro, hasta las puertos del sur del Caribe en Colombia, conectando desde el Catatumbo extendido desde la Serranía de Perijá, pasando al Valle del Magdalena, municipios del sur del Cesar, Bolívar y Magdalena, hasta llegar a la Serranía de San Lucas y, desde allí a puertos marítimos del caribe. En esta área encontramos todo tipo de conductas ilícitas, narcotráfico, minería ilegal y, todos los delitos conexos que se presentan en la ejecución de hechos y actos ilegales.

Solicito a los legisladores antes de darle tránsito a esta propuesta, tener en cuenta los argumentos expuestos. Darle curso aprobatorio a esta propuesta nos lleva a reconocer el control territorial del ELN en las áreas de influencia en los cuales operan, e incapacidad de las Fuerzas Militares y Policía para controlarles. La seguridad jurídica, física y alimentaria estaría en manos de aquel que políticamente logre acceder al poder regional, sea directamente o a través de persona interpuesta, en este nuevo ente territorial, los llamados a lograrlos serían los Elenos, quienes dominan este territorio con solvencia. De cristalizarse, será el sueño cumplido de los curas Pérez y Torres, propuesto desde el inicio de operaciones de este grupo ilegal que hace parte de la Paz Total del Gobierno de Gustavo Petro. Mucho cuidado Congresistas, pueden estar rompiendo directamente la integridad territorial de la República de Colombia.

El fantasma de la extinción de dominio

* NOTA: Las opiniones expresadas en esta publicación no necesariamente reflejan el pensamiento de www.agriculturayganaderia.com y son responsabilidad exclusiva de quien las emite y/o de su actor.

Por: José Félix Lafaurie Rivera * / Autor Invitado

Agricultura & Ganadería

(JFLR – Domingo 6 de octubre de 2024).- Dicen que “al desayuno se sabe cómo será el almuerzo”, y así lo percibí siguiendo la audiencia pública convocada por la Comisión 1ª del Senado sobre la jurisdicción agraria, con asistencia plena de la Comisión y de otros parlamentarios, tres ministros y tantas personas, gremios y organizaciones registradas para participar, que fue necesaria una nueva convocatoria. Buen desayuno, que nos anuncia cómo serán los debates.

En dos columnas anteriores sobre “la tierra amenazada” me referí a varios aspectos de ese proyecto de “jurisdicción” que, paradójicamente, le entrega sus competencias a una instancia administrativa, la Agencia Nacional de Tierras, ANT, al tiempo que avasalla competencias de otras jurisdicciones y despoja al propietario de tierras de recursos para su legítima defensa.

Hoy regreso al tema para referirme al fantasma de la extinción de dominio, es decir, de la pérdida del derecho a la propiedad privada de la tierra, que ronda nuestro sistema jurídico desde la Ley 200 de 1936, que creó esta figura para tierras inexplotadas durante tres años. 

Posteriormente, la Ley 135 de 1961, primera de reforma agraria, conservó su orientación hacia la recuperación de “tierras incultas”, pero ya con el objetivo de redistribuirlas entre los campesinos sin tierra, que ha marcado los procesos de reforma agraria en el país, sin lograr su objetivo de disminuir la pobreza rural.

La extinción fue modificada luego en varias leyes; sin embargo, su gran transformación se produce en la Ley 160 de 1994, también de reforma agraria.

¿Qué cambió? Aunque conserva las causales de la Ley 136 sobre tierras inexplotadas, introduce dos causales nuevas  para extinguir el dominio: la primera es el incumplimiento de la función ecológica de la tierra, que persigue actividades lícitas, la ganadería entre ellas, a partir de una legislación ambiental difusa y difícilmente aplicable  en un campo agobiado por la violencia; y la segunda es “la explotación con cultivos ilícitos”, que persigue la actividad criminal que, precisamente, está detrás de la violencia  rural.

Hasta aquí, las normas anteriores contemplaron recursos judiciales contra decisiones meramente administrativas, incluido el Decreto Ley 902 de 2017, expedido como resultado del Acuerdo con las Farc, el cual establece el llamado “Procedimiento Único”, que definió con claridad una fase administrativa a cargo de la ANT, con competencia de decidir en primera instancia, pero con posibilidad de oposición por parte del afectado, y una fase judicial con todas las garantías de un proceso ante un juez de la República.

En 2023 el fantasma reapareció, cuando el gobierno pretendió quitarle las garantías procesales a la extinción de dominio por incumplimiento de la función ecológica y usarla como mecanismo extorsivo para presionar a los propietarios a la “venta voluntaria” de sus tierras. Fue el famoso mico del artículo 61 del Plan de Desarrollo que la Corte Constitucional declaró inexequible.

No obstante, hoy vuelve a aparecer en el proyecto de ley ordinaria de la Jurisdicción Agraria, y aunque los ministros digan lo contrario, representa una amenaza real a la propiedad privada de la tierra, al derogar de un plumazo la fase judicial del proceso de extinción administrativa de dominio, y también de expropiación, dejando al arbitrio de la ANT la decisión de cierre, con el único recurso del engorroso procedimiento de la acción de nulidad.

La Ley 160 creo la extinción de dominio por incumplimiento de la función ecológica de la tierra y también por su destinación a cultivos ilícitos, y en este mundo al revés del progresismo, los delincuentes conservan la posibilidad de defenderse ante un juez, que se pretende negar a los propietarios legítimos de la tierra.

Entonces me pregunto: ¿Acaso no somos iguales ante la Ley?

* José Félix Lafaurie Rivera, presidente de la Federación Colombiana de Ganaderos (Fedegán). @jflafaurie

La crisis de la leche: de soluciones y recursos

* NOTA: Las opiniones expresadas en esta publicación no necesariamente reflejan el pensamiento de www.agriculturayganaderia.com y son responsabilidad exclusiva de quien las emite y/o de su actor.

Por: José Félix Lafaurie Rivera * / Autor Invitado

Agricultura & Ganadería

(JFLR – Viernes 27 de septiembre de 2024).- Muy importante que la Comisión V de la Cámara se haya ocupado de la crisis lechera, aunque paradójico que se le otorgara a la ministra Carvajalino escasos 15 minutos, con apagada de micrófono y generosa adición de cuatro más, para mostrar afanosamente a los legisladores la dura realidad de 350.000 compatriotas, en su mayoría campesinos que hacen parte de la pobreza rural.

La crisis de la leche se agravó por una condición climática coyuntural -eso espero-, pero los demás problemas de la cadena son estructurales, de vieja data y de todos los eslabones, aunque el hilo se rompa por lo más delgado, pues en las grandes cuencas lecheras de trópico alto -Nariño, altiplano cundiboyacense y Antioquia-, la mayoría de la leche proviene de pequeños ganaderos minifundistas.  Según el Análisis Situacional de la Cadena Láctea (MADR-UPRA 2020), el 63% de los hogares productores de leche se considera pobre, lo cual le da a la crisis una preocupante dimensión social.

La caída del consumo tiene también un componente coyuntural asociado a la tendencia de crecimiento del precio al consumidor desde 2021, que le restó al consumo 18 litros por persona hasta mediados de 2024, mientras el precio al ganadero, que venía cayendo y debería repuntar en el verano, tampoco lo hizo y disminuyó más de un 16%.

Aunque la ministra se refirió al bajo nivel de acopio por parte de la industria, de apenas el 47% de 7.097 millones de litros producidos en 2023, no aludió a uno de los factores estructurales más complejos de la crisis: la asimetría de ese segmento formal del mercado, en el que solo 10 empresas compran el 50% del acopio y 50 compran el 85%, con 350.000 ganaderos detrás tratando de venderles.

Durante años Fedegán ha planteado soluciones a los gobiernos, una de ellas, que la ministra no mencionó, es un fondo tripartito (Gobierno – productores – industria) para fomentar una “línea social” de producto, no afectado por costos como publicidad y empaque, y parcialmente subsidiado por el Estado.

Entre las acciones de solución que mencionó la ministra está la destinación de 7.600 millones de pesos para fomentar exportaciones de leche en polvo y así movilizar inventarios, 4.000 millones para promover, a través de la Bolsa Mercantil, la compra de leche colombiana entre la industria alimenticia y operadores de compras públicas, y 3.000 millones para acopiar volúmenes adicionales de leche; un total de 14.600 millones de pesos aportados por el Fondo de Estabilización del sector.

El tiempo no le daba a la ministra para mayores precisiones, pero a mí sí me corresponde aclararle a la opinión pública que los recursos del Fondo de Estabilización son aportados por los ganaderos cuando venden un novillo gordo o un litro de leche.  

Somos los ganaderos aportando a la solución de nuestros problemas, aunque sea un aporte “invisible”, como el que hacemos, desde hace 28 años, para preservar el estatus de país libre de fiebre aftosa, no solo por la salud de nuestros animales, sino para acceder a los mercados internacionales, a los que hoy, precisamente, tratamos de llevar más leche para que más leche sea comprada a nuestros campesinos.

Mencionó la ministra otras acciones para fomentar el consumo y mitigar la disminución de ingresos, todas con recursos de la Nación, y entonces me pregunto por la gran ausente en esta mesa de aportantes: la industria, a la que proveemos su insumo básico y es por ello nuestro aliado natural.

De ahí mi invitación a que, bajo el liderazgo de la ministra, hagamos del Consejo Nacional Lácteo un foro de franca concertación, para avanzar de verdad en soluciones estructurales a problemas estructurales.

* José Félix Lafaurie Rivera, presidente de la Federación Colombiana de Ganaderos (Fedegán). @jflafaurie

Acuerdo del Diésel (ACPM): Otra muestra del abandono del sector agropecuario

* NOTA: Las opiniones expresadas en esta publicación no necesariamente reflejan el pensamiento de www.agriculturayganaderia.com y son responsabilidad exclusiva de quien las emite y/o de su actor.

Por: Miguel Ángel Lacouture Arévalo* / Autor Invitado

Agricultura & Ganadería

(MALA – Sábado 21 de septiembre de 2024).- Tuve la oportunidad de asistir al foro de “Coagropec” (Comité Agropecuario del Departamento de Cesar) en Valledupar, analizamos el acuerdo alcanzado por pequeños transportadores de carga, pasajeros y servicios especiales, en relación con el precio del Diésel (ACPM) y, el impacto en el sector agropecuario.

1º- Se trató de un acuerdo excluyente de los sectores productivos de la economía nacional, solo aplicable a quienes lo firmaron. Es decir, quienes en ejercicio de la protesta pacífica, se levantaron contra la resolución 40350 del 29 de agosto del 2024 que incrementó el costo del Diésel en $1.904.

2º- A la mesa de discusión virtual, se invitaron en términos generales solo pequeños transportadores, 609 vía Google Meet, a la presencial asistieron 95.

3º- El Ministerio de Agricultura, muy a pesar de haber instalado un Puesto de Mando Unificado (PMU), para el tema de transporte de alimentos, no parece haberse interesado en el grave impacto que tiene en toda la cadena de producción, transformación, comercialización y consumo el Diésel en el sector agropecuario, al no haber hecho parte de la negociación a nombre de los empresarios del campo colombiano sin importar su tamaño, que lo utilizan en toda esta cadena.

4º- Ni los gremios de la producción agropecuaria, ni agremiados de manera individual, se interesaron en participar de las negociaciones que condujeron al acuerdo excluyente y exclusivo, para quienes paralizaron con razones válidas, todas las líneas de suministros abastecimientos en el territorio nacional. Unos y otros, de manera indolente mirando a otro lado, perdieron la oportunidad única de hacerse escuchar por el Gobierno Petro y hacerse extensivos los acuerdos logrados.

5º- Mucho más preocupante cuanto se leen la confusa redacción del acuerdo logrado y no se encuentra por ninguna parte la mención de del sector agropecuario.

6º- Gravísimas las expectativas para el cortísimo plazo, una vez se logren los mecanismos para hacer efectivo el suministro de ACPM a costos diferenciales a transportadores que paralizaron el país y el resto de los sectores que lo utilizan, entre ellos, el sector agropecuario.

7º- Lo más grave de todo lo acordado, fueron las explicaciones de los alcances del acuerdo dadas por el ministro de Hacienda Bonilla, de las que se deduce:

  1. El costo del Diésel para los sectores diferentes a los transportadores, una vez se instale la tecnología que los excluya será $16.000 galón.
  2. La aplicación de esta medida se tomará de carácter inmediato, ajustando $6.000 en una sola partida y, no en tres al cierre del 2025, como inicialmente se había planteado.

Lo anterior significa lo muy poco que le interesa a la institucionalidad y la gran gremialidad del sector el impacto que se origina en ellos los ajustes intempestivos del precio del Diesel para el productor agropecuario.

De suma importancia, permanecer con este tema en el radar, para efectos de garantizar la seguridad alimentaria de la nación, mejorar la producción agrícola y ganadera en toda la nación rural, no disminuir los márgenes de utilidad neta para el empresario del campo después de impuestos, hoy bastante bajos ante la aleatoriedad de la empresa agropecuaria, al no contar con la infraestructura básica de producción.

Los gremios del sector deben preocuparse por temas de trascendencia en la empresa rural como este, transversal al sector, buscando la unidad monolítica de criterios en búsqueda del bienestar del empresario del campo, al hacerse parte de las negociaciones anunciadas en el acuerdo, para así lograr un beneficio a todo el sector productivo, en la integralidad desde la producción hasta el consumo.

Lo único que nos queda es la unidad monolítica a través de los gremios para lograr ser escuchados, es un grito desesperado y desesperanzado que se lanza desde esta tribuna haciendo eco de lo analizado, para lograr hacerse parte en los escenarios de toma de decisión que afectan a productores y la nación para la garantía de su seguridad alimentaria.

* Miguel Ángel Lacouture Arévalo, Práctico en Desarrollo Rural y Agropecuario. @lacoutu

La paz no es un juego…, es cosa seria

* NOTA: Las opiniones expresadas en esta publicación no necesariamente reflejan el pensamiento de www.agriculturayganaderia.com y son responsabilidad exclusiva de quien las emite y/o de su actor.

Por: José Félix Lafaurie Rivera * / Autor Invitado

Agricultura & Ganadería

(JFLR – Viernes 20 de septiembre de 2024).- Días muy difíciles para las negociaciones con el ELN. Después del anuncio del presidente a raíz del atentado en Arauca, que calificó de “una acción que prácticamente cierra el proceso de paz con sangre”, al día siguiente los medios informaron sobre consultas con los países garantes y con los acompañantes, hasta que, finalmente, la delegación gubernamental emitió un comunicado anunciando la suspensión del proceso, cuya continuidad dependerá de “una manifestación inequívoca de la voluntad de paz del ELN”.

Acepto el comunicado de la delegación de la cual hago parte, pero no sin preguntarme: ¿otra vez?, ¿cuántas veces el Gobierno, la delegación y el país le han pedido al ELN manifestaciones de voluntad de paz? Hoy mismo escribí un trino denunciando que “Mientras el ELN publica comunicados expresando que tiene ‘voluntad de paz’, ataca de manera miserable a militares y acosa a la población civil”.

En consecuencia, esa “manifestación inequívoca” no puede ser un comunicado más o, simplemente, la reactivación de la mesa como si nada hubiera pasado. Una manifestación inequívoca es con hechos y compromisos, como la suspensión definitiva del secuestro extorsivo -retenciones económicas- y del reclutamiento de menores, sin perjuicio de la acción de las autoridades contra otros delitos.

Así las cosas, si el ELN, con la patraseada en la prometida suspensión del secuestro, con los incumplimientos al cese al fuego, con el saboteo al Mecanismo de Verificación y, más recientemente, con la reanudación de los atentados a la infraestructura energética y de los macabros ataques a la Fuerza Pública ha pretendido “medirle el aceite” al Gobierno para saber hasta dónde llega su generosidad y resistencia, que el país identifica como debilidad complaciente, es hora también de que ELN termine de entender que la sociedad no acepta la “lógica del terror” con la que pretende forzar una solución imposible.

De hecho, el jefe de la delegación del ELN, Pablo Beltrán, en la Mesa repitió hasta la saciedad y al país le manifestó públicamente que ellos nunca habían firmado acuerdos con gobierno alguno y que, si lo hacían, cumplirían lo firmado; algo que no resultó cierto, pues firmaron 28 acuerdos, uno de ellos de cese al fuego, con múltiples incumplimientos que el país conoció por los medios, pero sobre los  que nunca se pronunció el Mecanismo de Verificación, saboteado por el ELN en su misión de ser garantía de cumplimiento para la sociedad.

Hoy, en medio de la crisis definitiva del proceso, me pregunto: ¿Qué estaba pensando el ELN? ¿Acaso en algún momento de los diálogos tuvo algún atisbo de voluntad de paz? Yo, personalmente, pensé que solo vía transformaciones territoriales, de las que tanto se habló en la Mesa, se podía avanzar con ejemplos que mejoraran la vida de regiones afectadas por el abandono y las rentas ilegales, algo que, sencillamente, es imposible en medio de las balas.

En cuanto a mi papel en la delegación, tengo perfectamente claro que es el de una voz que busca interpretar a ese país que NO es enemigo de la paz, pero cree que las instituciones deben proteger al ciudadano y enfrentar toda manifestación criminal que afecte sus derechos y libertades. Una voz incómoda, es posible, pero a juicio de muchos, necesaria.

En junio pasado, a raíz de otro comunicado de la delegación gubernamental por los incumplimientos del ELN, escribí una columna que titulé “La paz no es un juego”, porque están de por medio la tranquilidad y la vida de quienes habitan esa “Colombia profunda” y del país todo.

Hoy debo insistir. Si las negociaciones continúan, el ELN tendrá que entender que la paz no es un juego…, es cosa seria.

* José Félix Lafaurie Rivera, presidente de la Federación Colombiana de Ganaderos (Fedegán). @jflafaurie

La tierra amenazada 2: Una jurisdicción desbalanceada

* NOTA: Las opiniones expresadas en esta publicación no necesariamente reflejan el pensamiento de www.agriculturayganaderia.com y son responsabilidad exclusiva de quien las emite y/o de su actor.

Por: José Félix Lafaurie Rivera * / Autor Invitado

Agricultura & Ganadería

(JFLR – Viernes 13 de septiembre de 2024).- El 9 de septiembre, en López de Micay, Cauca, 12 personas murieron a manos de las disidencias de las Farc. Ayer nomás, en Ciénaga de Oro, Córdoba, un ganadero fue asesinado a palo y sus dos acompañantes murieron quemados.

La alarmante violencia rural y la pobreza son producto del abandono del campo, en medio del cual nació y se alimenta el narcotráfico y otras economías ilícitas; pero si le preguntamos a la izquierda progresista por la causa de semejante vorágine de violencia nos recitará viejos manuales de la insurgencia comunista: todo es culpa de la distribución de la tierra y, más recientemente, del incumplimiento del Acuerdo con las Farc, sobre todo la Reforma Rural Integral, cuyos puntos centrales son el  Fondo de Tierras y la Jurisdicción Agraria para la resolución de conflictos… de tierras.

Sobre esta última ya se concilió en junio el proyecto de ley estatutaria, ante el cual el ministro de Justicia, como una “explicación no pedida”, salió a asegurar que la ley “no contiene ninguna disposición, ni explícita ni implícita, relacionada con expropiación”.

De hecho, no podía contenerla, pues la ley estatutaria solo define la estructura y relaciones de la jurisdicción dentro del aparato judicial, pero donde sí hay disposiciones explícitas que amenazan la propiedad privada de la tierra es en el proyecto de ley ordinaria, que define competencias para los jueces agrarios y, según el comunicado oficial, “establece las reglas especiales para que los procedimientos judiciales sean expeditos y garantistas”.

¿Garantistas para quién?, me pregunto. En este caso lo son solamente para los sujetos de especial protección, las llamadas minorías étnicas y los campesinos. En principio, que en cualquier litigio haya una parte con “especial protección” equivale a una desventaja para la parte que no la tiene.

Ese desbalance marca todo el proyecto. El artículo 34 otorga “presunción de veracidad” a los sujetos de especial protección, es decir, que el juez debe creerle al protegido hasta sus mentiras, mientras el no protegido debe probar lo que afirma. El parágrafo del artículo 36, establece la “flexibilidad probatoria” para sujetos de especial protección, privilegio que tampoco tiene la parte “desprotegida”. ¿No que somos iguales ante la Ley?

Ni que decir de los principios (Artículo 5) que guían la actuación del juez. El numeral 2 reitera la “Especial protección de la parte más débil”, pero es tal el garantismo que esa parte queda convertida por la misma ley en la más fuerte dentro del proceso.   

El 3 se refiere al “bienestar y buen vivir” de las comunidades campesinas, un principio tan “gaseoso” como “pesado” a la hora de inclinar la balanza en beneficio de los sujetos protegidos.

El 4 no podía faltar: la “Función social y ecológica de la propiedad”, una amenaza a la propiedad privada en un país de abundante e impracticable legislación ambiental y de autoridades ambientales dispersas, “autónomas” y cooptadas por el clientelismo regional.

El 7 se refiere a la “máxima humanización de la justicia agraria”; el 12, que habla de “permanencia agraria” es patente de corso para las invasiones, pues ordena a las autoridades judiciales “evitar los actos de perturbación o desalojo” de los sujetos vulnerables, hasta tanto se resuelva la controversia.

La cereza del pastel es el 14, según el cual “las autoridades judiciales deberán interpretar y aplicar las normas agrarias atendiendo a un criterio de primacía de la justicia material sobre las formas jurídicas”. Es la formalidad de la ley reemplazada por la interpretación subjetiva del juez.

La jurisdicción agraria pretende nacer con su balanza inclinada contra la propiedad privada de la tierra, ante lo cual… ¿quién podrá defender a sus legítimos propietarios?

* José Félix Lafaurie Rivera, presidente de la Federación Colombiana de Ganaderos (Fedegán). @jflafaurie

La tierra, otra vez amenazada

* NOTA: Las opiniones expresadas en esta publicación no necesariamente reflejan el pensamiento de www.agriculturayganaderia.com y son responsabilidad exclusiva de quien las emite y/o de su actor.

Por: José Félix Lafaurie Rivera * / Autor Invitado

Agricultura & Ganadería

(JFLR – Viernes 6 de septiembre de 2024).- Crecen los cultivos de coca y, con ellos, la violencia rural: los ataques a la fuerza pública, el estallido de los oleoductos, la extorsión, el secuestro, el reclutamiento de menores y el sufrimiento de comunidades en medio de la lucha encarnizada de los grupos narcoterroristas por el control territorial.

Aun así, el campo sigue alimentando al país a pesar de ser el gran escenario de la violencia y de que, en lugar de vías decentes, escuelas, hospitales y apoyo a la producción para que no le toque, como a los ganaderos, llorar sobre la leche derramada, lo que recibe son discursos de odio y propuestas que, a cambio de resolver los problemas, serán semillero de nuevas discordias.

En efecto, como si fueran pocos los problemas del campo, el gobierno decide crear más y sembrar incertidumbre y conflictividad con el proyecto de ley de la llamada Jurisdicción Agraria, concebido como una amenaza a la propiedad privada de la tierra y a la seguridad jurídica de la economía rural.

No es una amenaza nueva. Hace un año, en la ley del Plan, el Gobierno metió un mico dizque para “facilitar y dinamizar los procesos de compra de tierras por oferta voluntaria”, que era realmente una presión extorsiva para obligar al propietario a vender bajo la amenaza de extinción de dominio por incumplimiento de la función ecológica, eliminando garantías procesales, endureciendo los términos y entregándole la competencia decisoria a la Agencia Nacional de Tierras sin la intervención de un juez.

La Corte Constitucional declaró inexequible ese intento, pero el Gobierno lo resucita en la jurisdicción agraria, estableciendo que los procesos de que trata la Ley 160/94, entre ellos la expropiación administrativa con indemnización y la extinción de dominio sin ella, serán resueltos por la ANT mediante acto administrativo y con el único recurso de la acción de nulidad, con lo cual el proyecto deroga de un tajo el Capítulo 3 del Decreto Ley 902/17, sobre la Fase Judicial del Proceso Único que protegía al propietario frente a una decisión sumaria y administrativa.

Adicionalmente, la Jurisdicción Agraria, que es un compromiso del Acuerdo con las Farc para proteger al campesino en los conflictos de tierras, literalmente “se brincó la cerca” y pretende darles a los jueces agrarios competencia sobre “las actividades de producción agropecuaria, forestal, pesquera y de las conexas de transformación y enajenación de productos agrarios”, lo que arrebata competencias a otros jueces y vuelca sobre unos omnipotentes jueces agrarios toda la actividad económica agropecuaria del país.

Pero quizás sean más peligrosas las amenazas ocultas en los principios y los enfoques del proyecto en los artículos 5 y 6, vagos e ideologizados, induciendo a los jueces a la aplicación de criterios subjetivos, como “el buen vivir”, por encima del rigor jurídico; a la primacía de la justicia material sobre la justicia formal y al excesivo garantismo en beneficio de los sujetos protegidos, que tiene su máxima expresión en la presunción de veracidad de sus afirmaciones, lo cual viola el principio de igualdad ante la ley y el derecho a la defensa de quien no goza de la misma presunción.

Hay todavía más amenazas: la reciente ratificación del Acuerdo de Escazú, que permitirá, entre otras cosas, imponer medidas cautelares sobre la tierra en procesos ambientales; y apenas la semana pasada (Decreto 1092/24), el reconocimiento de los pueblos del CRIC como Autoridad Territorial Económica y Ambiental, no solo en sus tierras, sino en las que pretenden como suyas, es decir, todo o gran parte de los departamentos de Cauca y el Valle.

Lo dicho: desde varios frentes, la propiedad privada de la tierra está amenazada.

* José Félix Lafaurie Rivera, presidente de la Federación Colombiana de Ganaderos (Fedegán). @jflafaurie

Jurisdicción Agraria: agresión a la propiedad privada (II)

* NOTA: Las opiniones expresadas en esta publicación no necesariamente reflejan el pensamiento de www.agriculturayganaderia.com y son responsabilidad exclusiva de quien las emite y/o de su actor.

Por: Miguel Ángel Lacouture Arévalo* / Autor Invitado

Agricultura & Ganadería

(MALA – Viernes 6 de septiembre de 2024).- En mis reflexiones de la semana anterior, revisamos los temas de mayor relevancia del Proyecto de Ley (PL), presentado por el Gobierno Petro al Congreso como desarrollo de la Ley Estatutaria de la Jurisdicción Agraria. Proyecto de Ley con procedimientos que merecen revisión a fondo en puntos fundamentales para su desarrollo y aplicación.

¿Quiénes son “campesinos, en la Ley colombiana?

Revisando la legislación, no hay norma expresa, clara y precisa, que defina quienes revisten las calidades de tal para ser sujetos procesales en la Jurisdicción Agraria. Existen sí, una serie de normas que hablan del campesino de las cuales se podría concluir de manera subjetiva quienes revisten las calidades para ser considerados como tales:

  1. Constitución Política de Colombia (1991)
  2. Ley 160 de 1994 (Reforma Agraria)
  3. Decreto 2369 de 2017
  4. Acuerdo de Paz (2016)
  5. Decreto Ley 902 de 2017 
  6. Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Campesinos.

No existiendo definición legal de campesinos, queda al arbitrio del Juez Agrario, para efectos de considerarlos como sujetos procesales, darles tal reconocimiento, atendiendo variables subjetivas, para gozar en el proceso judicial o administrativo, de la especial protección del Estado a través de la anteriormente comentada “asimetría” como principio básico de esta jurisdicción.

Cabe igualmente anotar, que este principio de asimetría es aplicable a los procesos de Expropiación Administrativa ante la Agencia Nacional de Tierras (ANT), sin participación de la Rama Jurisdiccional en la toma de decisión, quebrando en un todo la separación de poderes, (Sentencias C-0763 de 2018 y SU-288 de 2022, Corte Constitucional). Si bien es sujeta la decisión sobre la expropiación a la Acción de Nulidad Agraria posterior, esta puede demorar años en resolverse, cuando ya las consecuencias de la decisión sean irreversibles, generando una carga económica insospechada para el Estado por la Falla en el Servicio o lo que se conoce como el Hecho del Rey.

Cuáles son los criterios legales para afirmar en el cuerpo del Proyecto de Ley que; “La reforma agraria y desarrollo rural son de utilidad pública e interés social”. ¿Los qué dicen los Jueces Agrarios y Autoridades Administrativas encargadas de adelantar los procesos especiales de la ley 160/94?

Los titulares de los derechos reales de propiedad sobre bienes inmuebles rurales, poseedores y tenedores de buena fe, quedan expuestos al criterio subjetivo de los funcionarios encargados de la Jurisdicción Agraria y la Agencia Nacional de Tierras, todos bajo el principio de asimetría que de antemano marcan el derrotero de los procedimientos, en contra de quienes tienen en su patrimonio sus legales derechos adquiridos de forma ajustada a la ley vigente al momento de su adquisición.

Dentro de los procesos agrarios, quien fija el justiprecio de las mejoras a los inmuebles sometidos a la jurisdicción son los peritos especializados y parcializados en esta jurisdicción, que es absolutamente parcializada e ideologizada. ¿Cuál será el valor que se le reconocerá al legal y legítimo propietario por estas mejoras? En este caso en particular se acerca a los procesos de expropiación adelantados en la Venezuela de Chávez que llevó a la ruina al sector agropecuario.

Por lo anterior, me uno a las voces que solicitan el retiro de este PL, que genera gran inseguridad jurídica y económica al sector rural, e igualmente de manera expresa incentiva las invasiones de inmuebles rurales. De hacer tránsito aprobatorio en el congreso, bajo los principios de este PL, además de ahuyentar la inversión en el sector rural, agropecuario o diferente, puede generar al igual que en Venezuela, gravísimo impacto a la seguridad alimentaria. El campo necesita de empresarios del campo, capaces de hacer producir la tierra alimentos, no solo para el sustento familiar o personal, como para la población en general. El desarrollo del campo debe tener una visión empresarial más allá de la simple solución alimentaria de sus ocupantes.

* Miguel Ángel Lacouture Arévalo, Práctico en Desarrollo Rural y Agropecuario. @lacoutu